No. En su opinión este derecho sólo es aplicable a los
pueblos que son o han sido “objeto de
colonización, expolio o represión”.
Su argumentación se basa en que la ONU, posteriormente
a la Carta fundacional del 1945, desarrolló un tratado internacional sobre la Autodeterminación
donde se regulaba en detalle cómo se debía ejercer dicho derecho. En ese
tratado sólo hacia referencia a los pueblos que sufrían o eran “objeto de colonización, expolio o represión”.
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